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Novedades

NUEVO SISTEMA DE PAGO. RENTAS TEMPORARIAS

Continuando con el compromiso de mejora en la gestión, desde el BSE implementamos un nuevo sistema para pago de Rentas Temporarias por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales con beneficios para los usuarios y sin costos adicionales.

¿EN QUÉ CONSISTE LA NUEVA MODALIDAD?

Desde el 11 de junio de 2012, los usuarios pueden realizar el cobro en cualquier local habilitado de las Redes de Cobros y Pagos (Abitab, el Correo Uruguayo y Red Pagos), en todo el país.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?

Los usuarios tendrán mayor comodidad, ahorro de tiempo y evitarán esperas ya que cada persona definirá en qué lugar y en qué momento cobrar, según su disponibilidad horaria y zona que le resulte más accesible.

¿QUIÉNES PUEDEN COBRAR EN LOS LOCALES DE PAGO?

Todos aquellos siniestrados cuyo jornal, gastos o pasajes se liquide en Montevideo.
Los pagos que se liquidan en el interior se continúan cobrando en sucursales, con el mismo sistema actual.

En esta etapa la nueva modalidad no incluye a:

•Quienes cobran por poder del BSE.
•Quienes por estar impedidos de trasladarse por sus propios medios, soliciten que se les pague en domicilio o en la Central de Servicios Médico (CSM).
•Aquellos trabajadores siniestrados que tienen retención judicial sobre sus haberes.
En estos casos, se continúa pagando a través de las cajas de Tesorería de Casa Central, Mercedes 1051 Planta Baja.

¿CÓMO SE REALIZA EL TRÁMITE?

Pago de Rentas Temporarias por primera vez.
• A los 20 días corridos de ocurrido el siniestro, se realiza trámite en el
sector Control y Pagos en el Anexo CSM (Julio Herrera y Obes 1418,
entre Mercedes y Colonia).
• El dinero queda acreditado al día hábil siguiente y el siniestrado
(titular del beneficio) lo puede cobrar en cualquier local de pago.

A partir del segundo pago de temporarias y mientras el siniestrado continúa en asistencia.
• A partir de los 14 días del primer cobro, se deberá llamar a
Teleservicios (1998) para solicitar el pago.
• El dinero queda acreditado a los 2 días hábiles siguientes y se puede
cobrar en cualquier local de pago.
• Esta modalidad se deberá repetir quincenalmente para cada pago
sucesivo.

Alta (franquicia o definitiva).
• El mismo día del alta médica, se realiza el trámite en el sector Control y Pagos en el Anexo CSM (Julio Herrera y Obes 1418, entre Mercedes y Colonia).
• El dinero queda acreditado el día hábil siguiente y el siniestrado (titular del beneficio) lo puede cobrar en cualquier local de pago.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HAY QUE PRESENTAR PARA COBRAR EN LOS LOCALES DE PAGO?

Para cobrar, el usuario debe presentar únicamente el documento de identidad. Como comprobante, se le entregarán dos copias del documento que el usuario firma.

 
(11-JUN-12)

 

 

 

 




 

 
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Información Legal
Banco de Seguros del Estado | Av. Libertador 1465 | Tel.: +(598-2)908 9303 | Montevideo - Uruguay