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Seguros para el
Hogar
Definiciones
importantes para el seguro.

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Seguro a Valor Total.
Cobertura que habilita la aplicación
de la Regla Proporcional cuando el Capital Asegurado
no cubre el valor total de los bienes asegurados,
quedando el asegurado como su propio asegurador,
por la diferencia resultante. |
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Regla Proporcional.
Fórmula que se aplica en los seguros
a Valor Total para la liquidación de la
indemnización del siniestro, cuando el
Capital asegurado es inferior al Valor Venal o
al Valor a Nuevo de los bienes asegurados, según
la modalidad de contratación.
En caso de siniestro, la indemnización
por la pérdida sufrida guardará
la misma proporción que el capital asegurado
respecto al Valor Venal o al Valor a Nuevo de
los bienes, según la modalidad de contratación. |
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Seguro
a Primer Riesgo. Cobertura por la que
el asegurador renuncia a aplicar la Regla Proporcional,
y se obliga a pagar, en caso de siniestro el importe
total del monto de los daños sufridos hasta
donde alcance el capital asegurado. |
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Valor a Nuevo.
Es el precio de adquisición del objeto
asegurado en estado de nuevo. |
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Valor Venal. Es
el precio por el que normalmente puede adquirirse
un bien de similares características al
objeto asegurado, al momento del siniestro. |
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Valor
Reposición Parcial.
El capital contratado para el seguro Hogar Total
siempre debe establecerse tomando en cuenta el
precio de los bienes asegurados de acuerdo a su
“valor a nuevo”. La indemnización que el
cliente recibe también sigue dicha norma.
Es decir, para fijar el monto de indemnización,
el BSE abona el precio que los bienes tienen en
el mercado, a la fecha que ocurre el siniestro.
Mediante la contratación
de este adicional, el cliente tiene la posibilidad
de elegir cuáles son los objetos que deben
cubrirse a valor reposición y cuáles
no.
Aquellos que no se cubran a valor
reposición, deberán considerarse
por su “valor venal” para fijar el capital asegurado,
obteniéndose la correspondiente reducción
sobre la suma asegurada, y en consecuencia también
sobre el premio a pagar.
El BSE abonará la indemnización
siguiendo este mismo criterio, distinguiendo los
bienes asegurados por su “valor a nuevo” y aquellos
cubiertos por su “valor real”.
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Definiciones importantes |
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Familia Hogar |
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Hogar Total |

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