Remate de Vehículos - Noviembre 2025

Se realizará el 08/11, entra para conocer todos los detalles.

Publicado en:13/10/2025

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08 de noviembre de 2025

Inicio de Remate: 10.00 horas

CONDICIONES DEL REMATE ESTABLECIDAS POR EL BSE

Click aquí para descargar el catálogo del Remate.

Se habilitará el acceso por Antonio Machado 1475 a partir de las 10.00 horas.

1. Los bienes se rematan en el estado en que se encuentran, a la vista, a piso limpio y sin reclamo de especie alguna, encontrándose los mismos a disposición de los interesados para su revisación en el local de Luis Batlle Berres 8580 los días 3 al 7 de noviembre de 2025 inclusive en el horario de 12 a 16 horas y la documentación de los vehículos de restos recuperables y de los vehículos de hurto recuperado estará disponible para su estudio durante ese mismo periodo en el Sector Notarial Autos (Bvar. Artigas 3821 2do. Piso) en el horario de 12 a 16 horas.

2. El remate se realizará sin base y en dólares estadounidenses, salvo en el caso de los grupos de restos irrecuperables que se rematan con base conforme el siguiente detalle:

Agrupamiento restos irrecuperables Lote 1 – U$S 3.500 de base

Agrupamiento restos irrecuperables Lote 2 – U$S 3.500 de base

Agrupamiento restos irrecuperables Lote 3 – U$S 4.000 de base

Agrupamiento restos irrecuperables Lote 4 – U$S 4.000 de base

Agrupamiento restos irrecuperables Lote 5 – U$S 4.000 de base

3. Los vehículos detallados se ofrecen con la siguiente documentación: 

A) En los casos de hurtos recuperados o restos recuperables con los antecedentes dominiales (si los hubiera), el título a favor del BSE, el SOA (Seguro Obligatorio de Automóviles) vigente. Dichos restos recuperables y vehículos de hurto recuperados, se ofrecen con las placas de matrícula entregadas (depositadas) en la respectiva Intendencia, de lo cual se entregará el respectivo comprobante. Los costos del retiro de las matrículas serán de cargo del adquirente, así como su tramitación. 

B) En los casos de restos irrecuperables únicamente con la baja municipal. En los casos en que el vehículo se ofreciere para la venta con el motor dado de baja también se proporcionará la baja de motor respectiva. Queda especialmente estipulado en el caso de la venta de los restos irrecuperables que dichos restos no podrán ser rehabilitados ni por el mejor postor ni por tercera persona siendo en cualquier caso el mejor postor pasible de responsabilidades y sanciones incluso penales por el no cumplimiento por parte del mejor postor de dicha condición. 

Cuando el motor instalado en el resto irrecuperable adquirido no tenga la baja de motor respectiva (sin baja de motor) dicho motor no podrá ser comercializado ni utilizado en otro vehículo ni por el mejor postor ni por tercera persona siendo en cualquier caso el mejor postor pasible de responsabilidades y sanciones en caso de incumplimiento, incluso sanciones penales.

4. Los vehículos serán adquiridos en la situación legal - documental, tributaria y municipal en que se encuentren. En el caso de vehículos catalogados como restos recuperables, así como en los casos de vehículos de hurtos recuperados estará a disposición la documentación respectiva para su previo control. En todos los casos (restos irrecuperables, vehículos de restos recuperables y vehículos de hurto recuperado) se exonera al BSE de cualquier deuda, responsabilidad o reclamo por cualquier concepto. De surgir deuda por patente o reclamo por multas (esta deuda es personal del infractor), los adquirientes dirigirán sus acciones ante la Intendencia y/o responsable y exoneran al BSE de cualquier deuda o reclamo. Con los datos proporcionados en el listado de lotes, (matrícula, padrón y Departamento) podrán incluso antes del remate hacer la consulta
pertinente ante la Intendencia que corresponda.

5. La entrega de los bienes adquiridos se coordinará luego del pago total del precio. En los casos de los vehículos de hurto recuperado o en los casos de vehículos de restos recuperables, además, previamente se debe transferir la propiedad a favor del mejor postor. La compraventa deberá ser extendida en escritura pública y se podrá escriturar desde el martes 11 de noviembre hasta el viernes 21 de noviembre del 2025 (inclusive) en el horario de 12:00 a 16 horas, 2º piso Sector Notarial, Bvar. Artigas 3821, previa agenda. En el caso de los restos irrecuperables se deberá firmar luego del pago total del precio un acta de entrega de los restos desde el martes 11 de noviembre hasta el viernes 21 de noviembre del 2025 (inclusive) en el horario de 12:00 a 16 horas, 2º piso Sector Notarial, Bvar. Artigas 3821, previa agenda. Todos dichos costos son de cargo del mejor postor. El plazo para escriturar, firmar el acta de entrega (o realizar la transferencia en motos) es improrrogable, vencido el mismo el mejor postor perderá todo derecho a la seña, comisión e impuestos pagados, así como a los lotes subastados.

6. Los compradores deberán consignar, en el acto del remate, el 30% del valor del lote por concepto de seña, más el 18,3 % por concepto de comisión e impuestos correspondiente a los rematadores. TOTAL 48,3%. 

FORMA DE PAGO – De acuerdo con la Ley Nº 19.210, y las modificaciones introducidas por la ley 19.889:

6.1 Lotes inferiores a 1.000.000 UI (impuestos incluidos): EN EFECTIVO, CHEQUE, LETRA DE CAMBIO o TRANSFERENCIA BANCARIA (en caso de transferencia, tener en cuenta lo previsto para el pago de la seña) 


6.2 Lotes iguales o superiores a 1.000.000 UI (impuestos incluidos) (aprox. U$S 145.000): SOLAMENTE CHEQUE CRUZADO NO A LA ORDEN (librado al BSE) o LETRA DE CAMBIO CRUZADA EMITIDA POR INSTITUCION FINANCIERA A NOMBRE DEL ADQUIRENTE (Mejor postor). 


6.3 Cada lote deberá pagarse de forma independiente sea cual sea el medio de pago (ningún cheque o letra de cambio puede comprender el pago de más de un lote). 

Para los pagos de seña de montos inferiores a 1.000.000 UI (impuestos incluidos) se admitirá como medio de pago: 
Efectivo (billetes sin escrituras, sellos o manchas y que no estén sucios o descoloridos), cheque, letra de cambio o transferencia BROU – BROU

Nº de Cuenta: CC 001548606-00062

Moneda: U$S Nº de

Cuenta anterior: CC 152-0030400 

7. La seña del treinta por ciento (30%) se imputará al precio y el setenta por ciento (70%) restante del precio de la compra
podrá abonarse desde el martes 21 al viernes 31 de setiembre (inclusive) entre las 12 y las 16 horas, en el Edificio de
Reclamaciones Vehículos del BSE (Bvar. Artigas 3821 – Planta Baja) Sector Pagos. El plazo señalado para el pago y para
escriturar es improrrogable y vencido el mismo, el mejor postor perderá todo derecho a la seña, comisión e impuestos
pagados, así como a los lotes subastados.

8. Todos los gastos originados para la adquisición y el retiro de los lotes adquiridos serán de cuenta y cargo de los compradores.

9. Los derechos emanados de la compra son intransferibles, debiendo coincidir el adquirente en la boleta de seña, en la factura y en la documentación a suscribirse

10. Luego de abonada la totalidad del precio y completado el trámite notarial (cuando éste corresponda), se debe coordinar
el retiro del lote con el Sector Visto Reparado, Edificio Reclamaciones Vehículos Bvar. Artigas 3821, 1er subsuelo (piso
-1). Luego de coordinado con dicho sector, los restos irrecuperables o vehículos adquiridos deben ser retirados del local
de Luis Batlle Berres 8580, por el adquirente o su apoderado, a su costo, a partir del miércoles 12 de noviembre de 2025, debiendo cumplir con el plazo para el retiro acordado con el BSE en el comunicado que suscribe el mejor postor.
Las consultas respecto al retiro pueden dirigirse al Sector Visto Reparado o al teléfono 1998 opción 9 internos 2729 o
2742.

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