El Arrendador deberá dar aviso al BSE de los incumplimientos del Arrendatario a través del correo electrónico Reclamaciones-Fianzas@bse.com.uy , acompañado, en primera instancia de la siguiente documentación:
- Carta del Arrendador discriminando las sumas no pagadas por el Arrendatario
- Contrato de Arrendamiento del inmueble
- Comprobante de encontrarse al día en el pago de la contribución inmobiliaria y del Impuesto de Primaria o que demuestre la exoneración de su pago
- Comprobante de encontrarse al día en el pago del Impuesto a la Renta de los alquileres, o que demuestre la exoneración de su pago
En caso de daños al inmueble:
El Arrendador deberá dar aviso al BSE de la existencia de daños al inmueble constatados al momento de su desocupación a través del correo electrónico Reclamaciones-Fianzas@bse.com.uy . El aviso deberá realizarse en un plazo máximo de 48 horas contados desde la efectiva desocupación de la finca.
***El BSE podrá designar un Liquidador para evaluar los daños y brindar apoyo técnico.