Elegís el ahorro que querés cobrar al final del período definido y desde el primer día tenés el respaldo del BSE, que en caso de fallecimiento le paga el capital a los beneficiarios que tu elegiste.
Período de cobertura
- Por edad hasta los 55, 60 o 65 años.
- Por un período de tiempo de 10, 15 o 20 años.
Ejemplo
- Edad al contratar: 30 años
- Ambos sexos
- Capital Seguro de Ahorro: U$S 50.000
- Capital Seguro de Vida: U$S 50.000
- Cobra el Ahorro a los 65 años
- Exención de pago de premios por incapacidad total y permanente
- Renta diaria por internación: U$S 50 - doble indemnización en caso de internación en CTI-
- Diagnóstico por cáncer: U$S 9.000
- Costo mensual: U$S 85.79
Para cuando tu mayor preocupación es la protección de los tuyos, te ofrecemos esta opción que triplica el capital que el BSE pagará a los beneficiarios que tu elegiste en caso de fallecimiento.
Período de cobertura
- Por edad hasta los 60 años.
- Por un período de tiempo de 10, 15 o 20 años.
Ejemplo
- Edad al contratar: 30 años
- Ambos sexos
- Capital Seguro de Ahorro: U$S 25.000
- Capital Seguro de Vida: U$S 75.000
- Cobra el Ahorro a los 60 años
- Exención de pago de premios por incapacidad total y permanente.
- Renta diaria por internación: U$S 50 - doble indemnización en caso de internación en CTI-
- Diagnóstico por cáncer: U$S 9.000
- Costo mensual: U$S 81.26
SIN COSTO INCLUIMOS A TU SEGURO EL ADICIONAL DE:
Exención de pago de primas
Si la persona asegurada, antes de los 55 años de edad, sufriera una incapacidad, ya sea por accidente o enfermedad que lo inhabilite total y permanentemente para ejercer cualquier tarea remunerada, se mantiene vigente su seguro, sin abonar más premios por el mismo.
En los Seguros Personales únicamente se podrá adicionar si el seguro al cual suplementa este adicional ha sido clasificado de acuerdo al resultado de las pruebas y requisitos de asegurabilidad, como riesgo normal.
Indemnización por diagnóstico de cáncer
Si la persona asegurada, antes de los 65 años, fuese diagnosticada con la enfermedad de cáncer podrá acceder a un capital indemnizatorio por única vez de U$S 9.000 o $360.000 según corresponda a la moneda contratada. Se podrá adicionar si el seguro al cual suplementa este adicional ha sido clasificado de acuerdo al resultado de las pruebas y requisitos de asegurabilidad como riesgo normal y no se trata de una enfermedad preexistente.
Puede ver las demás condiciones aquí
Renta diaria por internación
En caso de que la persona asegurada, menor de 65 años, deba ser internada a causa de una enfermedad o accidente, podrá acceder a una renta diaria por internación de U$S 50 o $ 2.000, con una carencia de un día y hasta un máximo de 30 días de internación por siniestro o año póliza. En caso de que la internación sea en CTI se indemnizará el doble de capital.
Se podrá adicionar si el seguro al cual suplementa este adicional ha sido clasificado de acuerdo al resultado de las pruebas y requisitos de asegurabilidad como riesgo normal. En caso de enfermedad preexistente aplica carencia de 6 meses y se excluyen coordinaciones realizadas previamente a la fecha de inicio de vigencia.
Puede ver las demás condiciones aquí
DE ACUERDO AL PLAN QUE ELIJAS, PODES ADICIONAR ALGUNAS COBERTURAS
Indemnización suplementaria en caso de muerte accidental
Si el asegurado fallece a causa de un accidente, se indemniza a los beneficiarios designados con el capital complementario contratado en este suplemento.
Invalidez permanente total o parcial por accidente
Si como consecuencia de un accidente, el asegurado sufriera una incapacidad total o parcial permanente, se indemnizará con un porcentaje del capital asegurado en el suplemento, fijado en relación directa con la importancia de la invalidez.
Enfermedades graves.
En caso de que el asegurado sufra alguna de las enfermedades estipuladas, se abonará el capital contratado en este adicional. La indemnización por fallecimiento no se verá afectada, a menos que la muerte ocurra durante el primer mes después de la ocurrencia de la enfermedad grave. Este suplemento puede ser contratado por personas entre 20 y 55 años de edad, y su vigencia cesará a los 65 años. Son consideradas “enfermedades graves” a los efectos de este suplemento:
- Derrame o hemorragia cerebral.
- Infarto cerebral,
- Cirugía arterio coronaria,
- Infarto del miocardio
- Cáncer.
Ingreso Seguro
Es un suplemento ideal para profesionales, trabajadores independientes y empresarios.
En caso de incapacidad temporaria para ejercer la actividad remunerada declarada, por accidente o enfermedad, el asegurado recibirá una indemnización mensual por un plazo máximo de 12 o 24 meses (a elección del contratante), o hasta alcanzar la edad de 65 años, si ésto ocurre primero.
Este suplemento también cubre:
- Fallecimiento por accidente del asegurado, en cuyo caso los beneficiarios cobrarán un capital adicional al contratado para el riesgo de muerte.
- Pérdida de miembros o vista en forma accidental. En este caso se indemnizará con un porcentaje del capital del suplemento fijado en relación directa con el grado de invalidez
Ingreso Seguro puede ser contratado por personas entre 20 y 50 años de edad con el Seguro de Ahorro + Vida 65 en Dólares.
Podés pagar tu factura a través de:
Débito bancario:
- BANCO BANDES
- BANCO SANTANDER
- BANCO ITAÚ
- BBVA BANK
- B.R.O.U.
- CITIBANK
- SCOTIA BANK
- HSBC
Débito por tarjeta de crédito:
- CABAL
- DINERS CLUB INTERNACIONAL S.A.
- MASTER CARD
- OCA CARD
- VISA
Cobranza en locales:
- BSE: CASA CENTRAL Y DEPENDENCIAS
- LOCALES DE CORREO (CORREO BANC)
- RED ABITAB
- RED PAGOS
- URUPAGO
Pagos electrónicos:
- BANRED
- e-BROU
- VISANET PAGOS
Nota: Consultá por financiación de este seguro
Contacto
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Llamadas desde el exterior
(Plan Global, Triple, Doble y Básico)
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