Condiciones necesarias para amparar un trabajado por COVID, en el marco de la Ley N° 19.873
Informamos que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.873, serán amparados únicamente los casos en que se cumplan las siguientes condicionantes:
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Exista un resultado de laboratorio positivo para Covid-19.
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Sea trabajador dependiente de un prestador privado de salud o trabajador dependiente de una empresa tercerizada por éstos.
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Haya participado del proceso asistencial de un paciente positivo Covid-19.
Para el ingreso de una Denuncia de Obrero por sospecha de enfermedad profesional por COVID-19, deberá proporcionar al BSE la siguiente documentación:
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Resultado positivo de laboratorio de Covid-19
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Copia de documento de identidad.
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Certificado médico (de no tenerlo, es válido copia de Historia Clínica).
Ud. deberá subir los 3 archivos como un único adjunto en el último paso del presente formulario. En caso de no poder, puede enviar dicha documentación probatoria por mail a covid19@bse.com.uy