ALMANAQUE BSE 2018 200 En junio de 2017, 169 naciones habían adherido a esta Convención como Partes Contratantes y 2.271 humedales, con una superficie de 219 millones de ha, incluidos en la Lista de Humedales de Importan- cia Internacional de Ramsar. La Secretaría de Ramsar se aloja en la sede de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) en la ciudad de Gland (Suiza). Al ratificar la Convención, cada Parte Contratan- te se compromete a designar los humedales de su territorio que incluirá en la Lista, y tiene la obli- gación de indicar “por lo menos un humedal que pueda inscribirse” en ella y “elaborar y aplicar sus planes de gestión de forma que favorezcan la con- servación de los humedales inscriptos”, así como informar las modificaciones de las condiciones ecológicas de los humedales a la Oficina Perma- nente de la Convención. Uruguay aprobó la Convención Ramsar en el año 1982 (Decreto Ley Nº 15.337) y adhirió a ésta el 22 de mayo de 1984, al designar el sitio Ramsar Bañados del Este y Franja Costera. CONVENCIÓN RAMSAR EN URUGUAY Una herramienta para la conservación de humedales La Convención sobre los Humedales de Ramsar es un tratado relativo a los humedales de importancia internacional que se aprobó en el año 1971, en la ciudad de Ramsar, Irán. Es un acuerdo intergubernamental cuya misión es “la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales, regionales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo GABRIEL F. CALDEVILLA Y ANA M. QUINTILLÁN INGENIEROS AGRÓNOMOS (*) * INGENIEROS AGRÓNOMOS FORESTALES Y MIEMBROS DE LA COMISIÓN MUNDIAL DE ÁREAS PROTEGIDAS DE UICN.